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	<title>Ideas para Padres &#187; Consumidores</title>
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		<title>Etiquetas para vestir los alimentos</title>
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		<pubDate>Sat, 27 Sep 2008 12:21:55 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Ideas para Padres</dc:creator>
				<category><![CDATA[Comer]]></category>
		<category><![CDATA[Consumidores]]></category>
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		<description><![CDATA[La polémica puso sobre la mesa dos cuestiones controvertidas: la flexibilidad de las normas vigentes y la eficacia del etiquetado. Para cualquier consumidor, descifrar el contenido de una etiqueta supone un verdadero rompecabezas, que en más de una ocasión requeriría de un manual de instrucciones. La desorientación que provoca este maremagnum de términos se constata [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>La polémica puso sobre la mesa dos cuestiones controvertidas: la flexibilidad de las normas vigentes y la eficacia del etiquetado.</p>
<p><a href="http://www.ideasparapadres.com/comer/etiquetas/"><img class="alignright size-full wp-image-129" title="etiquetas" src="http://www.ideasparapadres.com/wp-content/uploads/2008/09/etiquetas.jpg" alt="" width="225" height="163" /></a>Para cualquier consumidor, descifrar el contenido de una <strong>etiqueta </strong>supone un verdadero rompecabezas, que en más de una ocasión requeriría de un manual de instrucciones.</p>
<p>La desorientación que provoca este maremagnum de términos se constata en una encuesta realizada hace ahora dos años por la Confederación Española de Amas de Casa, Consumidores y Usuarios (CEACCU) que señalaba que seis de cada diez amas de casa españolas se leían las etiquetas, pero sólo el 40% llegaban a comprenderlas.</p>
<p>La misma encuesta señalaba que las amas de casa se interesan sobre todo por la lista de ingredientes, la fecha de caducidad y las instrucciones de conservación y, paradójicamente, apenas atienden a los valores nutritivos. ¿Será porque nos los entienden?, ¿o porque en la mayoría de los casos las etiquetas no incluyen esta información? Ambas cosas.</p>
<p><strong>Falta de información</strong><br />
Por un lado, tan sólo una de cada diez encuestadas identificaba las grasas poliinsaturadas como las buenas para el <strong>colesterol</strong>; por otro, según la legislación vigente, los datos nutricionales sólo son obligatorios en aquellos productos que presuman de propiedades nutritivas (&#8220;bajo en colesterol&#8221;, &#8220;rico en&#8221;&#8230;).</p>
<p>Las asociaciones de consumidores llevan años clamando por un <strong>etiquetado veraz</strong>, con términos menos engorrosos, caracteres de mayor tamaño e información nutricional obligatoria en todos los productos alimenticios; también consideran necesarias las advertencias sobre el riesgo para los alérgicos y las instrucciones de uso.</p>
<p><strong>Aditivos, grandes desconocidos</strong><br />
Los aditivos son unas de las sustancias que con mayor frecuencia se encuentran en las listas de ingredientes de casi cualquier alimento. Cada mañana, cuando nos desayunamos con una tostada untada en rojísima mermelada de fresa, también lo hacemos con su correspondiente cantidad de estabilizantes y colorantes. En el aperitivo, la cerveza se acompaña de un antioxidante y un estabilizador para la espuma; también los yogures están coloreados y los precocinados, embutidos y bebidas refrescantes suelen incluir una lista ingente de estas sustancias.</p>
<p>Los aditivos, que en muchos casos son imprescindibles en los procesos tecnológicos, han estado siempre bajo sospecha; se les ha achacado desde la pérdida del sabor natural hasta problemas de <strong>alergias </strong>e incluso se ha hablado de su supuesto poder cancerígeno.</p>
<p>En la actualidad, su uso está restringido a las listas positivas vigentes; para formar parte de ellas es indispensable cumplir una serie de condiciones. El contenido de la ley parece poner de manifiesto la existencia de un filtro más que razonable en el uso de estas sustancias y abre un interrogante sobre el por qué del halo de desconfianza que les rodea.</p>
<p><strong>Postura de los consumidores</strong><br />
La respuesta la tienen las organizaciones de consumidores que aseguran que la norma se aplica <em>&#8220;con mucha manga ancha&#8221;</em>. La OCU, censura el abuso que se hace de ellas y la inclusión en las listas positivas de aditivos cuya toxicidad es dudosa: <em>&#8220;Se admiten las sustancias siempre que no se demuestre que implican riesgo, cuando deberían aceptarse sólo si se comprueba que no lo hay&#8221;</em>.</p>
<p>Por otro lado, la OCU denuncia que las dosis diarias recomendadas (DDA) de estas sustancias son bajas pero que se calculan sin contar con el consumo global diario. Según la revista Compra Maestra, un menú compuesto por aperitivos salados <em>&#8220;sabor a&#8230;&#8221;</em>, palitos de cangrejo y una lasaña precocinada supera sin problemas los límites diarios aconsejados de ingestión de glutamato, un potenciador de sabor cuya inocuidad no consideran demostrada.</p>
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		<title>La multipropiedad de las mil y una casas</title>
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		<pubDate>Fri, 26 Sep 2008 19:57:43 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Ideas para Padres</dc:creator>
				<category><![CDATA[Dinero]]></category>
		<category><![CDATA[apartamentos]]></category>
		<category><![CDATA[casas]]></category>
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		<category><![CDATA[Propiedades]]></category>

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		<description><![CDATA[Las prácticas de venta agresivas están a la orden del día. Un ejemplo son las reuniones que prometen regalos sólo por asistir a las mismas. Incluso hay compañías de las que organizan este tipo de saraos que además invitan a los futuros compradores a disfrutar de un fin de semana en el complejo que ofrecen [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Las prácticas de venta agresivas están a la orden del día. Un ejemplo son las reuniones que prometen regalos sólo por asistir a las mismas. Incluso  hay compañías de las que organizan este tipo de saraos que además invitan a los futuros compradores a disfrutar de un fin de semana en el complejo que ofrecen en la modalidad de tiempo compartido.</p>
<p>Sin embargo, esta modalidad de captación de clientes tiene los días contados con la ley que rige el sector. Si antes las organizaciones de consumidores alertaban sobre las tácticas agresivas que algunas empresas empleaban, ahora este tema ha cobrado importancia.</p>
<p><strong>Mala fama</strong><br />
Lo cierto es que las prácticas de venta agresivas utilizadas sobre todo por multinacionales norteamericanas, en los años ochenta en nuestro país, fue lo que le ha dado mala fama al sector en España. Y aunque no sea un servicio muy utilizado por los españoles, en este país se encuentra el 10% del total de los complejos en régimen de tiempo compartido que hay en el mundo. El buen clima del que gozamos es el principal motivo de esta expansión.</p>
<p>Hasta el 5 de enero de 1999, cuando todavía esta práctica era conocida como <strong>multipropiedad</strong>, no existía ninguna ley específica que regulara el sector. Con la entrada en vigor de una nueva normativa, se esperaba que la imagen de este tipo de vacaciones se lavase. De momento, la nueva normativa ha obligado a las empresas a cambiar el sistema de captación de clientes.</p>
<p>Además de esta ley, existe un código de ética aprobado en 1999 por la Organización de Tiempo Compartido Europea (OTE), cuyo objetivo es acabar con el intrusismo. De hecho, ese mismo año esta organización expulsó a dos de sus miembros por prácticas poco fiables que operaban en la Costa del Sol.</p>
<p>Además, la OTE ha impuesto otras condiciones para proteger a los posibles compradores como por ejemplo la obligación del vendedor de conceder un tiempo mínimo &#8220;de reflexión&#8221; de diez días a partir de la firma del contrato. Asimismo, la OTE prohibe tomar depósitos antes del final del período de reflexión y los compradores deben recibir toda la información descriptiva relacionada con la propiedad y sus derechos.</p>
<p><strong>En vacaciones</strong><br />
Entre las novedades estipuladas por dicha ley, figura el derecho que tiene el comprador a disfrutar de un alojamiento con finalidad turística durante un período específico cada año, no inferior a siete días seguidos.  Se limita además la duración de este derecho a un máximo de 50 años y un mínimo de tres.</p>
<p>El precio que se paga por adquirir un apartamento en esta modalidad depende de la calidad del complejo y la temporada del año en la que se quiera disfrutar de las vacaciones. Al adquirir el apartamento, se paga una cantidad que da derecho al usuario a disfrutar de él durante una o varias semanas todos los años que marque su contrato.</p>
<p><strong>Beneficios</strong><br />
Además, se ha de abonar una cuota mensual de mantenimiento del inmueble. Y si  se desea poder acceder a intercambio de apartamento en otro lugar distinto al que se ha comprado, se debe abonar otra cantidad por ello.</p>
<p>El intercambio se puede realizar entre complejos de igual calidad y en la misma temporada contratada. Es decir, si se contrata una semana en la primera quincena de julio, en un apartamento normal y corriente, no  se podrá cambiar por uno de lujo en Florida, por ejemplo. El cambio se hará por uno de la misma categoría al que se contrató.</p>
<p>Los que más beneficiados salen con este sistema son aquellas personas que pueden disfrutar de las vacaciones en cualquier época del año, ya que así  pueden contratar en temporada baja y les sale más económico.</p>
<p><strong>Contra el intrusismo</strong><br />
En cuanto a la seguridad en la realización de estos intercambios, las empresas encargadas de realizarlos, RCI e Interval, y OTE, estudian poner en marcha un convenio que evite la entrada de empresas poco fiables. Por su parte, la Asociación Nacional de Empresas de Tiempo Compartido (ANETC), también dedicará un apartado para el consumidor donde se le facilitará toda la información que precise sobre el sector.</p>
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